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¿Qué es el parto respetado?

¿Qué es el parto respetado? ¿Por qué se aclara que un parto tiene que ser respetado; qué es lo que no se respeta? ¿Sobre qué derechos se pasan por encima?. La violencia obstétrica existe y queda opacada por la situación estresante que de por sí significa un parto. Que en medio de esa experiencia naturalicemos el maltrato, es algo que llegó a su fin con la ley del 2004.

Esta es la semana mundial del parto humanizado. Hay muchas actividades y material dando vueltas que nos invita a parar a pensar lo importante que es disfrutar del parto. Y preguntarnos si el sistema por el cual los pibes son traidos al mundo está pensando en torno a esos chicos y sus madres ; o al sistema institucional que ya convirtió hasta nacer en un negocio. Un claro ejemplo, las cesáreas.  

¿Qué es el parto respetado?

¿Cuáles son esos derechos? Los pegamos aquí :) ¡

La Ley de Parto Humanizado Nº 25.929  y su reglamentación (decreto 2035/2015) promueven que se respete a la familia en sus particularidades –raza, religión, nacionalidad- y que se la acompañe en la toma de decisiones seguras e informadas.

La madre tiene derecho:

• A ser informada sobre las distintas intervenciones médicas que pueden tener lugar durante el parto y postparto y participar activamente en las decisiones que acerca de las alternativas distintas si es que existen.

• A ser considerada como persona sana, de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto.

• A un parto respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados.

• A ser informada sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se le haga partícipe de las diferentes actuaciones de los profesionales.

• A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación.

• A elegir quién la acompañe durante el trabajo de parto, parto y postparto.

• A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.

• A ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar.

• A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña.

• A ser informada específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas sobre el niño o niña y ella misma.

Toda persona recién nacida tiene derecho:

• A ser tratada en forma respetuosa y digna.

• A su inequívoca identificación.

• A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia.

• A la internación conjunta con su madre en sala.

• A que sus padres reciban adecuado asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación.

El padre y la madre de la persona recién nacida en situación de riesgo tienen los siguientes derechos:

• A recibir información comprensible, suficiente y continuada, en un ambiente adecuado, sobre el proceso o evolución de la salud de su hijo o hija, incluyendo diagnóstico, pronóstico y tratamiento.

• A tener acceso continuado a su hijo o hija mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.

• A un consentimiento informado sobre cualquier práctica médica que se le realice al niño o niña

• A que se facilite la lactancia materna de la persona recién nacida

• A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales del niño o niña.

Salud

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